Conoce la normativa de terrazas
Las terrazas de los bares y restaurantes han sido el principal reclamo de la hostelería cuando llega el buen tiempo
Sin embargo, a día de hoy, los clientes aprovechan cualquier época del año para disfrutar de una cerveza y un pincho al aire libre, especialmente desde que empieza la primavera.
Por ello, y para que los locales de restauración puedan sacarles el máximo partido a estos emplazamientos, vamos a repasar, de forma general, la normativa de terrazas.
No obstante, lo primero que debes hacer es revisar la normativa de tu Ayuntamiento. Recordamos que uno cada establece sus propias condiciones, y, aunque es cierto que la mayoría de normativas guardan una elevada similitud, conviene que le eches un vistazo a las normas establecidas para tu localidad, especialmente si vives en Madrid o Barcelona, donde la normativa sí varía considerablemente.
Aspectos básicos de la legislación de terrazas
Como señalamos, es imprescindible conocer la normativa de terrazas de cada localidad. En estas se establecen cuestiones básicas como la ubicación de este espacio, sus dimensiones y su distribución.
Y, de forma general, se incluyen las siguientes condiciones:
- Primacía del espacio público: aunque muchas veces no se cumpla con esta obligación, la mayoría de normativas establece que disponer de una terraza no puede implicar la ocupación sin control del espacio público.
- Libre tránsito: otra norma general es que la terraza permita el tránsito de personas entre la primera línea de mesas y la fachada del edificio.
- No está permitida la colocación, en terrazas, de elementos extra como máquinas recreativas o expendedores de bebidas.
- Los desmontables son la opción más habitual, de forma que estos faciliten la desinstalación de la terraza y no causen daños en el pavimento.
- Aceras que faciliten el tránsito de personas: esta es una de las cuestiones que más conflictos generan. Además, puede llegar a variar considerablemente de unas localidades a otras.
- Otras prohibiciones: además de las anteriores, la normativa suele recoger una serie de prohibiciones con las que también hay que cumplir, como son la imposibilidad de instalar una terraza si hay una boca de riego, parada de transporte público, paso de peatones, etc.
Y, además de las anteriores normas, debes tener en cuenta que, primero, es necesario solicitar al ayuntamiento la aprobación de la instalación de la terraza, así como pagar la tasa correspondiente, que dependerá de la localidad en la que se encuentre tu local.
Normativa para la Instalación de una terraza de Madrid y Barcelona
Ya hemos explicado como la mayoría de normativas apenas difieren las unas de las otras. Sin embargo, como ocurre con toda regla, nos encontramos con alguna excepción: Madrid y Barcelona.
Por lo tanto, si tu local está ubicado en estas ciudades, presta una especial atención a la normativa establecida. En ambos lugares, esta ha sufrido un sinfín de modificaciones. Sin embargo, no parece que vaya a cambiar mucho en los próximos años.
En cualquier caso, conviene repasar la normativa para conocer el tamaño, horario, aceras, zonas de paso, y demás condiciones para el correcto establecimiento de este espacio.
Eso sí, destacamos que ampliar tus servicios e instalar una terraza es una gran alternativa para luchar contra los efectos que el Covid-19 está provocando.
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